El Objeto del Derecho Administrativo

Cuando hablamos de Derecho Administrativo, nos referimos al conjunto de normas, que, en observancia a los principios del derecho público, tienen como finalidad, regular tanto la estructura, como la actividad de los órganos del Estado, en particular, los entes que forman parte del poder ejecutivo, es decir, cobran relevancia las relaciones que se producen entre ellos y los particulares, con motivo del cumplimiento de los fines encomendados por el orden jurídico.

En virtud a lo anterior, podemos apreciar que, el Derecho Administrativo, como parte del Derecho Público, obedece una serie de principios que se derivan de su propia naturaleza de supra a subordinación, por lo que hay que tener especial cuidado en cuanto a su estudio, toda vez que no debe confundirse su objeto de estudio con el del Derecho Constitucional, en razón que en tratándose de Derecho Administrativo, tenemos que su objeto es el estudio de la estructura y funcionamiento de los órganos del poder ejecutivo, así como la actividad que desarrollan los mismos, lo cual se le puede llamar la administración pública.

En cuanto al primer objeto del Derecho Administrativo, el cual es la Estructura de los órganos que forman parte del poder ejecutivo, tengamos en cuenta como punto de partida lo previsto por el artículo 90 de la Constitución Política de México, el cual en su parte a destacar enuncia lo siguiente: ‘’La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso’’ creando lo anterior, un esquema diferente a la administración central (Presidente de la República, Secretarías de Estado, Fiscalía General de la República, etc.) el cual se le conoce como la administración paraestatal, la cual la conforman, entre otros, las empresas de participación estatal, los fideicomisos públicos, las bancas de desarrollo y los organismos descentralizados.

Ahora, en atención al segundo objeto del Derecho Administrativo, tenemos que resulta imperativo hablar de la actividad del Estado, la cual es también llamada Administración Pública, la cual podemos definir como el conjunto de actos que realizan los órganos del Estado, en cumplimiento a los fines que el propio derecho encomienda, es decir, que para mantener su estatus de Estado, este mismo cumple con sus fines marcados por el ordenamiento jurídico, bajo el principio de que para que cada una de las atribuciones del Estado se pueda cumplir, tiene que ser a través de alguna de sus funciones.

Como conclusión, destaquemos que el Estado se expresa a través de sus actuaciones, y en particular, el presente análisis se realizó por lo que hace al poder ejecutivo, ya sea por su estructura central o paraestatal, toda vez que el derecho administrativo se encarga de regular las conductas que tanto formal, como materialmente realizan los entes adscritos a dicho poder, y resulta de suma importancia su estudio puesto que como se ha destacado, para efecto de dar cabal cumplimiento a los fines establecidos por el legislador, es preponderante que la actividad de los órganos del estado se encuentre debidamente normada y apegada a los principios establecidos para la correcta administración pública.

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Foto de Scott Graham en Unsplash

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