El derecho como ciencia

¿Es válido que la labor de los juristas sea considerada como ciencia? En otras palabras, nos encontramos con otra interrogante, ¿Es el derecho una ciencia? Cabe destacar que no existe un consenso general para definir lo que es la ciencia, esto atendiendo a su propia naturaleza, Si bien es cierto, la ciencia nos produce certeza en cuanto a la producción humana de conocimiento, también es cierto que no podemos desestimar el factor humano, el cual conlleva que los fenómenos en cuestión se aborden a partir de la relatividad que acarrea nuestra existencia. Por lo anterior, es que nos preguntamos si la materia jurídica podría ser parte de la denominada ciencia, ya que nuestro principal interés no es encontrar una verdad universal respecto al campo de la ciencia, si no rendir tributo al pensamiento jurídico y revestirlo con toda certeza y virtud que caracteriza al conocimiento científico.

En primera instancia, valdría la pena abundar en cuanto al análisis de la ciencia, más que buscar una definición, destacar los puntos del proceso, el cual consiste en la serie de actividades consideradas científicas, así como el producto, entendiéndose este como el conjunto de proposiciones que se obtienen con resultado a las anteriores actividades. Si tomamos en cuenta lo anterior, y desde la óptica de la epistemología, podemos coincidir en que, para la construcción del conocimiento, la ciencia desarrolla una serie de actividades, las cuales tienen como finalidad, la obtención de resultados objetivos y comprobables que vayan edificando la realidad.

Asimismo, tenemos que le derecho cuenta con una infinidad de acepciones, las cuales nos resultan un tanto vagas a efecto de cumplir con nuestro fin, por lo anterior, advertimos que los postulados de la escuela iusformalista del derecho nos da luz para realizar el análisis más claro a las interrogantes que nos hemos hecho al principio. Dicha interpretación obedece a que el derecho se ocupa de las conductas de los seres humanos y trata de regularizar dichas situaciones mediante una serie de hipótesis revestidas de coercitividad, es decir, la materia jurídica atiende a los hechos, no a los valores.

De lo anterior, podemos destacar que ambas partes, tanto la ciencia como el derecho, comparten que ambos parten de la realidad hacia la construcción de, en el caso de la ciencia, un conocimiento que de una explicación al entorno; así como en el derecho, una serie de imperativos que sean capaces de normar el actuar humano, con base en los conocimientos que la propia ciencia produzca.

En consecuencia, podemos afirmar que la materia jurídica puede ser considerada una ciencia, en virtud de que la labor que desempeña tiene como objetivo el exhibir de forma ordenada y armónica las disposiciones jurídicas aplicables para una colectividad humana en un momento y lugar determinado, así como crear las instituciones necesarias para su correcto desempeño.

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Foto de Clarisse Meyer en Unsplash

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